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Pagina de apicultura y actualidad apícola. abejas, abejas en misiones, abejas misiones, abeja misionera, abejamisionera, abeja africana, abeja africanizada
jueves, 29 de diciembre de 2016
miércoles, 7 de diciembre de 2016
martes, 8 de noviembre de 2016
miércoles, 26 de octubre de 2016
jueves, 20 de octubre de 2016
miércoles, 5 de octubre de 2016
jueves, 29 de septiembre de 2016
miércoles, 14 de septiembre de 2016
jueves, 1 de septiembre de 2016
jueves, 25 de agosto de 2016
lunes, 22 de agosto de 2016
miércoles, 10 de agosto de 2016
miércoles, 3 de agosto de 2016
jueves, 9 de junio de 2016
Alerta sanitaria nacional ante la presencia en Brasil del pequeño escarabajo de las colmenas
Buenos Aires, 9 de junio de 2016 – El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) declaró el estado de alerta sanitario en todo el país por la presencia en apiarios de San Pablo, Brasil, del pequeño escarabajo de las colmenas (PEC), una plaga de alto impacto para la producción apícola.
La medida fue dispuesta a través de la Resolución 302/2016 publicada hoy en el Boletín Oficial, lleva la firma del presidente del Senasa, Jorge Dillon, y su objetivo es preservar la situación sanitaria del país respecto a esta plaga –que nunca fue notificada en la República Argentina– y evitar los perjuicios productivos y comerciales que podría ocasionar su ingreso.
El escarabajo, científicamente denominado Aethina Tumida, tiene una gran capacidad de dispersión y de supervivencia, ya que puede volar más de 10 km atraído por el olor de las colmenas y, en ausencia de ellas, se puede alimentar y reproducir en ciertas frutas.
El PEC, originario de África, puede causar graves daños en los apiarios durante el desarrollo de su estado de larva y provocar la destrucción de los panales, la fermentación de la miel y el consecuente abandono de las colmenas afectadas por parte de las colonias de abejas. Además, la presencia de la plaga en el país podría condicionar la comercialización internacional de productos apícolas.
Con el fin de detectar precozmente su eventual ingreso al país y evitar su dispersión, se establecen como zonas de mayor riesgo a las provincias que poseen cercanía geográfica con Brasil, así como también a los puestos de frontera terrestres, marítimos y aeroportuarios en donde pueden ingresar mercaderías que podrían vehiculizar al escarabajo.
El PEC es de denuncia obligatoria ante el Senasa, por lo tanto, quien sospeche o detecte individuos compatibles debe: recolectar muestras de individuos y colocarlos en un frasco con alcohol, informar de inmediato en la oficina del Senasa más cercana y no movilizar sus colmenas hasta obtener un diagnóstico definitivo.
La notificación inmediata de cualquier sospecha permitirá un accionar rápido y eficiente del servicio sanitario para evitar el posible ingreso y propagación de la plaga.
Para obtener mayor información, comunicarse con el Programa Nacional de Sanidad Apícola (DNSA) al teléfono (011) 4121-5408 o enviar un correo electrónico a apicultura@senasa.gob.ar
Fuente: http://www.senasa.gov.ar/senasa-comunica/noticias/alerta-sanitaria-nacional-ante-la-presencia-en-brasil-del-pequeno-escarabajo-de-las-colmenas
sábado, 4 de junio de 2016
jueves, 2 de junio de 2016
sábado, 28 de mayo de 2016
DECRETO Nº 156. Provincia de Misiones
DECRETO Nº 156
POSADAS, 09 de Febrero de 2004.-
VISTO: El expediente Nº
7000-1139/03, a través del cual eleva documentación del Decreto Nº 129/03.
Reglamentario de la Ley Apícola, y
CONSIDERANDO:
QUE la apicultura es una
actividad en crecimiento en el sector productivo de Misiones, siendo una
alternativa para la Reconversión y Diversificación;
QUE en el ámbito del
Ministerio del Agro y la Producción, la Subsecretaria de Reconversión y
Diversificación, está llevando adelante diversos programas que alcanzan al
pequeño productor como un paliativo de subsistencia;
QUE
para ello se hace necesario modificar la dependencia que entenderá el tema
Apícola, en consecuencia cabe dictar dispositivo legal pertinente;
POR ELLO:
EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE
MISIONES
D E C R E T A :
ARTICULO 1º.- MODIFICARSE
a partir de la fecha del presente Decreto los Artículos 4º,
5º,7º,9º,12º,13º,18º,24º,25º,28º, y ANEXO I del Decreto Nº 129/03, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 4º.- El
Consejo Asesor Apícola, creado en el Artículo 4º de la Ley Nº 3657, funcionará
en el ámbito del Ministerio del Agro y la Producción y estará integrado por:
a) El subsecretario de
Reconversión y Diversificación del Ministerio del Agro y la Producción, quien
ejercerá la presidencia.
b) Un (1) representante del
Comité Ejecutivo de Desarrollo de Innovación Tecnológica (CEDIT) y un suplente.
c) Un representante de la Secretaria
de Estado de Acción Cooperativa, Mutual, Comercio e Integración y un Suplente.
d) Un (1) representante del
Instituto de Fomento Agropecuario e Industrial (IFAI) y un suplente.
e) Un (1) representante del
Ministerio de Ecología, Recursos Naturales Renovables y Turismo y un suplente.
La Autoridad de Aplicación
invitará a integrar el Consejo Asesor Apícola a la Universidad Nacional de
Misiones (UNaM) y a Organizaciones Apícolas a través de un representante y un
suplente.
Los miembros de este Consejo
durarán dos (2) años en sus funciones y desempeñarán las mismas “ad-honorem”
El Consejo Asesor, en un
plazo no mayor de noventa (90) días, dictará un Reglamento Interno de
funcionamiento.-
ARTICULO 5º.- El
Ministerio del Agro y la Producción, a través de la Dirección de Seguimiento y
Evaluación de la Dirección General de Reconversión y Diversificación
Agropecuaria, dependiente de la Subsecretaría de Reconversión y
Diversificación, será la autoridad de aplicación de las disposiciones
establecidas por la legislación provincial para la explotación apícola.-
ARTICULO 7º.- LA Dirección de Seguimiento y Evaluación,
tendrá a su cargo la selección y capacitación de un cuerpo de inspectores
especialistas en materia apícola, quienes estarán facultados para:
a) Hacer cumplir las
disposiciones establecidas en la Ley Nº 3657, el presente reglamento y demás
normas legales que se dicten, brindando todo asesoramiento referido a las
mismas que les fuera requerido.
b) Realizar inspecciones a
apiarios, colmenas, núcleos, reinas, paquetes de abejas, productos de la colmena, en su lugar de asentamiento o
en tránsito y tomar muestras para el envío a los laboratorios especializados
para su evaluación.
c) Realizar inspecciones
sanitarias a apiarios por iniciativa propia o denuncia de un tercero y efectuar
los tratamientos correspondientes por cuenta y cargo del propietario del mismo.
d) En caso de oposición o
impedimento por parte del productor, podrá solicitar el auxilio de la fuerza
pública para el desarrollo de su cometido.-
ARTICULO 9º.- LA Dirección de Seguimiento y Evaluación
habilitará un Registro de Marcas, cuya inscripción, dentro del año de
promulgación del presente Decreto, será obligatoria y gratuita para los
productores apícolas. Esta inscripción deberá actualizarse anualmente.-
Cumplido el trámite,
la Dirección de Seguimiento y Evaluación, autorizará la instalación de
apiarios, cuyo número de colmenas esté acorde con la evaluación técnica de la
capacidad melífera receptiva de la zona, que será efectuada por los inspectores
actuantes.-
ARTICULO 12º.- LA
Dirección de Seguimiento y Evaluación confeccionará, basándose en los datos del
Registro de Marcas, la nómina de productores apícolas y un mapa de relevamiento
catastral de ubicación de los apiarios clasificados por municipio.
Una copia actualizada de la nómina de
productores y mapa de ubicación de los apiarios comprendidos dentro de cada
ejido municipal, estarán en cada una de las dependencias policiales y Casas del
Colono del Ministerio del Agro y la
Producción del lugar, como base para la organización del sistema de avisos de
aplicación de plaguicidas.-
ARTICULO 13º.- PROHIBESE la práctica de apicultura
migratoria, dentro de un radio menor de tres (3) kilómetros de toda explotación
o centro apícola permanente, radio que podrá ser ampliado por disposición de la
Dirección de Seguimiento y Evaluación, previa intervención del cuerpo de
inspectores de la citada Dirección, hasta cinco (5) kilómetros cuando las
condiciones de disminución de la capacidad melífera los justifiquen. Este
límite podrá ser salvado merced a convenios celebrados entre el apicultor
permanente y el apicultor trashumante quien deberá registrarse ante la
Autoridad de Aplicación, previo a su instalación.-
ARTICULO 18º.- LOS
productores apícolas de otras provincias que deseen ingresar en forma
temporaria con sus colmenas al territorio misionero, deberán cumplimentar los
siguientes requisitos:
a) Solicitar el permiso correspondiente ante la autoridad
competente (Dirección de Seguimiento y Evaluación) con una anticipación no
menor de (30) días.
En la solicitud deberá constar:
Cantidad de Colmenas, medio de transporte, lugar por donde se arribará a la
Provincia y lugar de ubicación de las colmenas con las limitaciones dispuestas
en el Artículo 13º del presente Decreto para productores trashumantes.
b) Pago de un arancel que será
fijado anualmente por Resolución del Ministerio del Agro y la Producción.
c) El vehículo cuya entrada se
autorice, deberá ser un medio de
transporte cerrado:
Si de las inspecciones realizadas
surgieran evidencias de que los ejemplares transportados representen
peligrosidad sanitaria para otros colmenares, el productor apícola de otra
provincia deberá evacuar el territorio misionero en el plazo de setenta y dos
(72) horas a partir de la fecha y hora de notificación de dicha anormalidad.
ARTICULO 24º.- TODO
productor y empresa que realice fumigaciones aéreas o terrestres con los
agroquímicos considerados perjudiciales a la actividad apícola incluidos en el
listado que como anexo II forma parte del presente Decreto, deberá comunicar
directamente a la Dirección de Seguimiento y Evaluación o por intermedio de la
Delegación de la Casa del Colono del Ministerio del Agro y la Producción del
lugar, con setenta y dos (72) horas de anticipación, el área donde se
realizarán las aspersiones.
Asimismo
el departamento técnico de la empresa deberá informar a las autoridades ya
mencionadas sobre el tipo y consecuencias de los productos a utilizar, a fin
que los técnicos de la Dirección de Seguimiento y Evaluación, informen a los
productores apícolas de la zona inscriptos en el registro mediante comunicación
personal, si ello fuera factible, o por los medios masivos de comunicación
(prensa oral, escrita, etc.) fecha y hora de la fumigación a fin de que tomen
los recaudos necesarios.-
En caso de lugares donde no exista delegación del Ministerio del Agro y
la Producción, el responsable de aplicación de plaguicidas realizará dicha
gestión ante la autoridad policial más próxima, quien inmediatamente se pondrá
en contacto con la Autoridad de Aplicación a fin de cumplimentar lo
especificado en párrafo precedente.-
ARTICULO 25º.- LA
Dirección de Seguimiento y Evaluación, conjuntamente con el Consejo Asesor
Apícola, deberá arbitrar los medios que permitan actualizar permanentemente el
listado de agroquímicos perjudiciales a la actividad apícola, en el marco
establecido por la Ley de Agrotóxicos Nº2980.-
ARTICULO 28º.- CUANDO
se produjeran daños por parte de la empresa fumigadora, no obstante el
cumplimiento de las exigencias del Artículo 24º el presente Decreto, el
apicultor damnificado lo denunciará ante la Dirección de Seguimiento y
Evaluación, quien emitirá un informe técnico que podrá ser utilizado por el
damnificado para las acciones legales y judiciales pertinentes.-“
ARTICULO 2º.- REFRENDARAN
el presente Decreto los señores Ministros Secretarios del Agro y la Producción,
Gobierno y Ecología, Recursos Naturales Renovables y Turismo.-
ARTÍCULO 3º.- REGISTRESE.
Comuníquese, tomen conocimiento los Ministerios del Agro y la Producción,
Gobierno y Ecología, Recursos Naturales Renovables y Turismo. Publíquese.
Cumplido. ARCHIVESE
ROVIRA- Ziegler- Jacobo-Iturrieta
Fuente: Boletín Oficial Nro.
11.215, Posadas, Viernes 11 de Febrero de 2004, Pag. 2-4.-
Floración de interés apícola 1º- Pyrostegia venusta
Pyrostegia venusta
Según el
Catálogo de Plantas Basculares del Conosur:
“Habito: Liana (-perenne-)
Status: nativa
Elevación (m.s.m.): min o max. 1300
Distribución
Provincias: Corrientes, Jujuy, Misiones, Tucumán
Países
limítrofes: Brasil, Paraguay” (1)
Su nombre “Pyrostegia viene del griego pyr ,
fuego, y stegos , cubierto”. (2)
Nombre (s)
Popular (s): Comúnmente se la llama flor de San Juan, porque la
época de floración coincide con San Juan.
Característica
Es una planta trepadora, una liana, que se va desarrollando en bordes de
caminos y montes, lugares que tengan buena iluminación. Su floración es de
invierno, que resalta y contrasta con su
color naranja intenso.
Su tallo leñoso que al principio es
débil por lo que necesitas de una ayuda para trepar hasta que se vuelve
leñoso y se fortifican, trepando por lo que tienen a su alrededor. Se va
sostenido por zarcillos -“En botánica un zarcillo es un tallo, hoja o pecíolo especializado del que se sirven ciertas plantas trepadoras
para sujetarse a una superficie o a otras plantas” (3)-.
“Las
inflorescencias forman apretados racimos en los extremos de las ramas y las
flores, con breves cálices verdes, van abriendo y asegurando prolongada
floración. Hasta el fin del invierno lucen de un naranja brillante, son
tubulares como tubos estrechos y largos de hasta 7 centímetros, y la corola
abre en cinco lóbulos doblados hacia atrás, dejando ver extendidos estambres
hacia fuera de la flor. Ubicada en lugar abrigado y luminoso, la planta es muy
florecedora y es muy bello su aspecto.
Si bien se considera que su
reproducción es por semilla, pocas veces se la ve semillar. Los que tengan esa
suerte podrán ver una cápsula lineal de hasta 30 centímetros que contiene las
semillas y que se sembrarán a principios de la primavera, en mezcla de tierra y
turba húmedas, protegidas por plástico transparente o cristal. Se trasplantan
cuando alcanzan los 10 centímetros y se cuidan del frío hasta que sus tallos se
muestran leñosos- Si no quiere complicarse tanto la vida tome una ramita de las
que poda después de la floración, córtela por encima de una yema, déjela de
unos 20 centímetros, entiérrela hasta la yema en una maceta con tierra y turba,
y cúbrala con un frasco de vidrio invertido. Cuando su brotación se vea fuerte
y lozana se le va quitando su protección, pero se cuida del frío hasta su
ubicación definitiva. (2)
Una forma fácil y rápida de multiplicarla, también es, la de buscar tallos
con raíces y plantarlos. En los bordes de caminos donde no tiene la posibilidad
de trepar, se ven tallos con raíces que permiten su de multiplicación.
Floración de borde de monte
Ornamental: sus flores son muy vistosas y pueden
utilizarse en jardines.
Apicultura: En
relevamiento realizado en Departamento
Libertador General San Martín y Montecarlo de la Provincia de Misiones,
Argentina, se observa que florece en invierno, “durante los meses de julio y
agosto, y es visitada con frecuencia por las abejas-. (4)
"Cuidemos nuestras abejas"
Bibliografía
consultada
4- Müller, Pablo Fernando; Miranda,
D. E.; Aquino, D. Y.
(2014) “DINÁMICA DE FLORACIÓN DE INTERÉS APÍCOLA”, XVI
Jornadas Técnicas Forestales y Ambientales. Eldorado, Misiones, del 15 al 17 de
Mayo de 2014.-
miércoles, 25 de mayo de 2016
martes, 10 de mayo de 2016
Pequeño escarabajo de las colmenas: alerta ante la detección de focos en Brasil
SANIDAD APÍCOLA
Pequeño escarabajo de las colmenas: alerta ante la detección de focos en Brasil
La observación de individuos sospechosos en colmenas, enjambres o frutas debe ser notificada en forma inmediata al Senasa.
BUENOS AIRES, 14 de marzo de 2016 – El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) informa que, mediante una notificación a la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), la República Federativa de Brasil confirmó la aparición de dos focos de la plaga de las abejas causada por el pequeño escarabajo de las colmenas (PEC), en apiarios del municipio de San Pablo.
La plaga en cuestión posee una gran capacidad de dispersión y de supervivencia, debido a que su vuelo autónomo le permite alcanzar distancias de hasta 13 km y, en ausencia de colmenas, se puede alimentar y reproducir en ciertas frutas maduras.
El PEC, originario de África, puede causar graves daños durante el desarrollo de su estado de larva, provocando la destrucción de los panales, la fermentación de la miel y el consecuente despoblamiento de las colmenas afectadas. Además, la presencia de la plaga en el país puede condicionar la comercialización internacional de productos apícolas.
Puede acceder a la descripción completa e imagenes del escarabajo haciendo clic aquí.
Con el fin de detectar en forma precoz la posible presencia del PEC, se recomienda a todos los productores apícolas del país incrementar el monitoreo de las colmenas, especialmente en las provincias de Misiones, Corrientes, Formosa y Entre Ríos que limitan con Brasil, Paraguay y Uruguay.
Se recuerda que el PEC es de denuncia obligatoria ante el Senasa, por lo tanto la sospecha o la detección de escarabajos compatibles con Aethina tumida, debe ser informada de inmediato para proceder al control de la plaga y evitar su diseminación. Asimismo, las colmenas con individuos sospechosos no deben ser movilizadas hasta que se confirme el diagnóstico.
Para ello, es importante que los apiarios se encuentren inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa), a fin de poder ubicar a las colmenas y a sus titulares en forma eficiente ante una emergencia.
Para más información, puede comunicarse con el Programa Nacional de Sanidad Apícola (DNSA):apicultura@senasa.gov.ar / 011 4121-5408.
Fuente: http://www.senasa.gov.ar/senasa-comunica/noticias/pequeno-escarabajo-de-las-colmenas-alerta-ante-la-deteccion-de-focos-en-brasil
domingo, 8 de mayo de 2016
miércoles, 13 de abril de 2016
lunes, 28 de marzo de 2016
Otro invento argentino: hallan el “remedio” a un mal de las abejasUn avance de productores apícolas del sur de Buenos Aires
Ya recibieron pedidos de todo el mundo.
Hace más de 5 años, un grupo de apicultores del sudoeste de Buenos Aires, con el apoyo de expertos, salió a buscar un aliado en el cada vez más desigual combate contra la varroasis, un mal que golpea a la producción de miel en todo el mundo. Una vez que lo encontró, después de varios ensayos y de sortear dificultades económicas, apareció la tentación de vender la fórmula a un laboratorio multinacional. A pesar de una oferta millonaria, optaron por seguir un camino que ahora comienza a dar réditos. Réditos que no se miden desde el lucro individual, sino que son fruto de un trabajo grupal, y que se reparten en forma de cooperativa y con la premisa de precios justos, para asegurar un círculo virtuoso.El logro, un acaricida orgánico que hace un mes llegó al mercado con el nombre comercial de Aluen CAP, no es producto de una mente brillante, sino del esfuerzo de varios actores, entre los que hay desde apicultores, técnicos apícolas, agrónomos, biólogos y bioquímicos hasta veterinarios y contadores. “Es un gran equipo de trabajo, donde resulta muy difícil diferenciar de dónde viene cada uno” explica Elián Tourn, presidente de la Cooperativa Apícola Pampero. Junto a otros agentes del programa Cambio Rural del INTA, productores y profesionales de la Universidad Nacional del Sur de Bahía Blanca dieron los primeros pasos en 2010. Al año siguiente, ya habían obtenido la primera prueba eficaz de un método de aplicación que los laboratorios más grandes del mundo llevaban 20 años buscando. “Nuestro objetivo era solucionar un problema, nunca quisimos hacer un negocio” remarca Tourn, al explicar el rechazo a la oferta recibida cuando el producto apenas era una fórmula, sin patentar –trascendió que fueron cerca de 4 millones de dólares–. “Ni siquiera tuvimos que votar. Fuimos todos en consenso hacia adelante” aporta el ingeniero Alfredo Marconi, síndico de la cooperativa de trabajo. “La propuesta nos potenció, valoramos lo que teníamos en mano y que valía la pena invertir tiempo y esfuerzo” agrega.Aquella decisión aceleró la llegada de fondos institucionales. El ministerio de Industria aportó el 50% para las máquinas de la línea de producción y luego el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social financió la primera etapa del patentamiento. El resto lo aportaron los 264 apicultores que integran la cámara. Son ellos, que suman unas 120.000 colmenas y representan el 10% de la producción nacional, los que proponen a la cooperativa, formada por los técnicos, el precio al que debe venderse el producto y el destino a darle a los excedentes que se reinvertirán en investigación e industrialización del sector, una falencia de la apicultura nacional. Argentina es el segundo mayor productor de miel del mundo, pero los niveles de exportación tuvieron una fuerte caída en los últimos años.Ahora que el producto fue habilitado por el SeNaSa y comenzó a venderse, llegan ofertas de todo el mundo. Ya tienen una importante venta cerrada a Uruguay. Y hacen fila para comprarlo desde otros países de América, Europa, Asia y África. En esta etapa de incipiente expansión, se preocupan por mantener los principios cooperativos, como el del precio justo para el productor. “Además de que el apicultor es muy comprometido y orgulloso de su actividad, el carácter multidisciplinario es el que hace la diferencia”, destaca Liliana Gallez, del laboratorio de la UNS sobre el éxito del grupo que tiene otros desarrollos en marcha. Entre ellos, el de la diversificación de la miel según calidad y origen –como con los vinos–, lo que agregará aún más valor a la producción regional, ya libre de la maldita varrosis.
Qué es la varroasis
La varroasis es provocada por un ácaro que parasita a las abejas, tanto juveniles como adultas y afecta su vida en la colmena. Impacta en la calidad de la miel y es utilizada como barrera sanitaria en el mundo. Para combatirla hay acaricidas sintéticos y orgánicos. Los primeros, derivados del petróleo, se aplican una sola vez, pero su efecto residual es alto además de generar resistencia en los parásitos. En Argentina, el 98% de los que se usan son sintéticos. Los orgánicos no contaminan, pero requieren de aplicaciones continuas, que los vuelven antieconómicos. Y su nivel de eficacia no supera el 60%. Aluen CAP es un ácido oxálico con tiras de liberación lenta que, al ser de origen orgánico no genera resistencia, ni afecta el desarrollo ni la cría de la abeja, pero reduce de 5 a 1 el número de aplicaciones necesarias. La molécula central de la fórmula está en todos los seres vivos y se mantiene estable dentro de la colmena por 42 días, lo que garantiza un mínimo de eficacia del 95%.
(Visto el 28/03/2016, 16:05 horas, en http://www.clarin.com/sociedad/invento-argentino-hallan-remedio-abejas_0_1547845581.html
jueves, 24 de marzo de 2016
miércoles, 23 de marzo de 2016
jueves, 10 de marzo de 2016
jueves, 3 de marzo de 2016
miércoles, 24 de febrero de 2016
jueves, 18 de febrero de 2016
domingo, 7 de febrero de 2016
jueves, 28 de enero de 2016
viernes, 22 de enero de 2016
sábado, 2 de enero de 2016
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